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Sala de prensa / Blog

Apostar por la calidad y no por el precio. Articulo publicado en la revista Digitalbiz

04/05/2018

MECANIZAR, PRIORIZAR Y MEDIR


Ahora que todo el mundo está invirtiendo recursos, tiempo y profesionales en adaptarse al nuevo Reglamento General de Protección de Datos, puede pasar desapercibida una norma que va a revolucionar la forma en la que los proveedores de tecnología a las Administraciones públicas acceden a nuevos proyectos y negocios con el Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos: la nueva Ley de Contratos con el Sector Público (LCSP), que llega a nuestro país como trasposición de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo.

La nueva norma, que está en vigor desde el 9 de marzo de 2018, supone un verdadero desafío tanto para los compradores como para los fabricantes y proveedores de servicios; estos tendrán que adaptarse a la nueva forma de relacionarse y a las peticiones, que exige la norma en cuanto a aspectos que hasta ahora no se tenían en cuenta, como el ciclo de coste de vida. Este concepto, que deberá desarrollarse con la experiencia, incorpora los costes sociales y medioambientales, además de los de desarrollo del producto; es decir, en el pliego de cada licitación deberán incluirse los gastos de emisión y gestión de residuos, de reciclaje, de daños a la diversidad y de creación de empleo, inversión en salud o integridad laboral que cada proyecto implica.

El aspecto más novedoso es que se incorpora la calidad como uno de los criterios básicos

En principio, la evaluación del ciclo de coste de vida admite distintas metodologías, aunque se han desarrollado fundamentalmente dos: una relacionada con la valoración de los costes que supone el impacto ambiental, y otra, más puramente económica, que tiene en cuenta distintos costes relacionados con cada proyecto.

Sin embargo, el aspecto más novedoso es que se incorpora la calidad como uno de los criterios básicos de la adjudicación y se elimina el concepto de oferta económicamente más ventajosa. De hecho, la directiva europea estipula que, para determinar cuál es la oferta económicamente más ventajosa, la decisión relativa a la adjudicación del contrato no debe basarse únicamente en criterios relacionados con los costes. Los Estados miembros deben estar autorizados a prohibir, o restringir, el uso solo del precio o del coste para evaluar la oferta económicamente más ventajosa cuando lo estimen adecuado.

Los desafíos a los que se enfrentan los actores en este mercado son múltiples, especialmente en los primeros meses. Por un lado, tanto licitadores como fabricantes deberán adaptarse a la nueva forma de interacción, ya que todos los pliegos se presentarán en la plataforma centralizada de contratación, lo cual, aunque se trata de un aspecto positivo, incrementa aún más el rigor y la exigencia en los plazos y las formas en las que se presenta cada pliego. Por otro, será necesario un trabajo arduo para dar a conocer cómo se debe baremar la calidad de cada proyecto: qué certificaciones serán válidas, cómo se pueden valorar aspectos difíciles de comparar entre proveedores, la formación o la experiencia que aporta cada licitador… Todo con el objetivo de eliminar posibles discrecionalidades o arbitrariedad en las decisiones que se tomen.

En cualquier caso, se abre un importante camino en la modernización de las Administraciones públicas. Por un lado, apuestan por desarrollar propuestas basadas en la innovación y, por otro lado, se abren a nuevos proveedores que hasta ahora no podían acceder a contratos públicos por la excesiva y farragosa burocracia a la que se tenían que enfrentar. Todo ello en un mercado que supuso —en 2017— proyectos por valor de más de 3000 millones de euros.



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Oscar Rivera
Business Development